Normas del parking

1º – RÉGIMEN DEL CONTRATO DE APARCAMIENTO

Este aparcamiento regula su actividad mercantil de conformidad con la Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos, y con los términos y condiciones que se contienen en estas Normas Generales. El hecho de entrar en un vehículo o andando en este establecimiento implica la aceptación de estas normas complementarias.

2º – ACCESO AL PARKING

El acceso a este parking estará reservado únicamente a los usuarios; cualquier otra persona deberá solicitar en recepción el permiso de entrada mediante una justificación valida avisando 24h antes a través de un email.

  • El acceso de los/as clientas se realizará a través de un mando/Tag exclusivo para cada uno de ellos.
  • La Dirección del Parking se reserva el derecho de admisión y en caso necesario expulsará a quienes mediante su comportamiento, alteren o no cumplan con las normas mencionadas en el presente reglamento.

3º – OBJETO DEL CONTRATO DE APARCAMIENTO

  • Al estacionar su vehículo en una plaza de este Parking, esta Vd. Aceptando expresamente la celebración de un contrato de aparcamiento que tiene como único fin el estacionamiento de su vehículo por un tiempo, a cambio de un precio.
  • En virtud de lo anterior, queda completamente prohibido utilizar la plaza para cualquier otro fin que no sea la mera ocupación de la misma para el establecimiento del vehículo, ni ocupar ni utilizar el vehículo para cualquier fin mientras esté estacionado. En concreto, queda prohibido:
  1. a) Realizar trabajos de reparación, limpieza, cambio de aceite, pintar, etc.
  2. b) Provocar llamas.
  3. c) Carga y descarga de mercancias
  • No se permite la utilización de la plaza como almacén.
  • Queda prohibido dejar en la plaza cualquier tipo de objeto. El Parking no se responsabiliza de los daños ocurridos por los objetos dejados en la plaza ni de los extravíos que pudieran ocurrir.

4º – CIRCULACIÓN

  • La circulación se efectuará siempre por las calles marcadas al efecto (no por las plazas) y las maniobras de entrada y salida de las plazas de aparcamiento se realizarán procurando no afectar a la circulación y sin invadir las plazas colindantes.

5º – SEÑALIZACIÓN

  • Los abonados y clientes en general se ajustarán a las señalizaciones de entrada, control y salida establecidas en el recinto.
  • La velocidad máxima de circulación por las calles del parking es de 20 km/h.
  • Los usuarios deberán respetar las señales y, en su caso, las indicaciones de los empleados que siempre prevalecerán sobre cualquier señalización existente.

6º – VISITAS

Las personas ajenas al Parking deberán dejar el vehículo en recepción y sólo se permitirá su entrada al recinto mediante una justificación válida a través de un email 24h antes.

7º – SUMINISTRO ELÉCTRICO

El Parking dispone de una tomas de corrientes distribuidas a lo largo del mismo. Queda completamente prohibido conectar a la corriente sin la autorización de Recepción.

8º – MOVILIDAD

Durante la estancia en el Parking, los movimientos quedan limitados a la plaza que se tiene asignada. Queda prohibido el acceso a las demás plazas.

9º – RESPONSABILIDAD

  • El titular del aparcamiento únicamente se hace responsable de los daños y perjuicios que pueda sufrir el vehículo y accesorios fijos del mismo, estando estacionado en una plaza del mismo y siempre que sean legalmente imputables a la empresa o a sus empleados.
  • El usuario será responsable, frente al empresario y los demás usuarios, de los daños y perjuicios que cause, por incumplimiento de sus deberes o impericia en la conducción del vehículo dentro del recinto del Parking (art. 5.2. Ley 40/2002).

10º – AVERÍA

En el caso de avería el usuario contactará con los empleados y seguirá sus instrucciones. En general, ante cualquier duda o eventualidad, el usuario se dirigirá a los empleados del parking.

11º – ABONO DE ESTACIONAMIENTO

  • El abono de los recibos se efectuará del 1 al 5 de cada mes mediante giro bancario.
  • Los abonos mensuales que no sean atendidos a su vencimiento a final de mes, sufrirán un incremento del cinco por ciento (5%) el primer mes de demora, el quince por ciento (15%), al final del segundo y, a partir del tercer mes, y como medida cautelar, se procederá a la inmovilización del vehículo para garantizar la deuda en aplicación de lo previsto en el artículo 5.3 de la Ley 40/2002 reguladora del Contrato de Aparcamiento de Vehículos.
  • El abono es susceptible de ser aumentado anualmente mediante el IPC resultante.

12º – RECOMENDACIONES

  • Cerrar con llave los vehículos en las plazas señalizadas, dejándolos aparcados y frenados. Cerrar los cristales y, si es posible, desconectar la batería.
  • No dejar objetos de cualquier valor en los vehículos.
  • Dar prioridad a los vehículos que estén efectuando maniobras de estacionamiento.

13º – BAJA Y MODIFICACIONES

La solicitud de baja, u otras modificaciones administrativas, deberán efectuarse antes del día 25 del mes en curso a través de un correo electrónico a info@parkinglaroca.com. Aquellas solicitudes recibidas posteriormente serán tramitadas durante el mes siguiente al de la petición.